jueves, 1 de septiembre de 2011

A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO: PAGO POR VEP DE OBLIGACIONES ADUANERAS

A partir del 1 de Agosto se establece la utilización obligatoria del Volante Electrónico de Pagos (VEP) para:

Cancelar obligaciones tributarias aduaneras correspondientes a operaciones de importación y de exportación sin plazo de espera para su pago, así como para el resto de las liquidaciones aduaneras.
Pagar garantías ejecutadas.
Efectuar depósitos en efectivo destinados a garantizar operaciones aduaneras.

El asegurador o garante para generar el VEP a fin de abonar los importes garantizados, deberá seleccionar como “Tipo de Pago” la opción “Pago de Garantes a Garantías Ejecutadas (F. 3013)”.

Si desea conocer los pasos para utilizar el Volante Electrónico de Pagos, ingrese Aquí.

Más información: Resolución General N° 3134 (AFIP)